Artículo 8.o Deróganse el decreto supremo N.o 884, de 6 de Diciembre de 1944, del Ministerio de Agricultura, y el artículo 72 del Reglamento del Libro II de la Ley sobre Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, aprobado por decreto supremo número 265, de 26 de Abril de 1943, del mismo Ministerio.