Párrafo 4.- Del Jefe del Departamento Legal.(ART. 12)
    Artículo 12°. Son funciones del Jefe del Departamento Legal:
    a) Asistir a las sesiones del Consejo;
    b) Dictaminar sobre los asuntos de orden legal que se sometan a su consideración;
    c) Tomar a su cargo la defensa de los juicios en que la Empresa sea parte o tenga interés.