Artículo 14°. Cada uno de los Departamentos indicados en el artículo anterior estará dirigido por un Sub-Gerente, quien actuará por delegación del Vicepresidente de la Empresa y conforme a las facultades y atribuciones que se le confieran en el respectivo mandato, reglamentos internos y en las instrucciones especiales que imparta la Gerencia General.