FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE LOLOL
D.F.L. N° 275.- Santiago, 27 de Octubre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del D.L. N° 3551 de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Lolol, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta de personal de la Municipalidad de Lolol será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcaldes Alcalde 8° 1
Directivos Secretario 9° 1
Municipal
Directivos I 9° 2
Profesionales Profesional I 10° 1
Especializados Especializado I 10° 1
Administrativos Administrativo I 16° 1
Mayordomos Mayordomo I 15° 1
Auxiliares Auxiliar I 16° 1
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9
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Lolol será de 9 cargos.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.