FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE QUINTA DE TILCOCO
D.F.L. N° 279.- Santiago, 29 de Octubre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3.551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Quinta de Tilcoco,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de Quinta de Tilcoco será la siguiente:
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N°
Escalafón Cargo Grado Cargos
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Alcalde Alcalde 8° 1
Directivos Juez de Policía
Local 9° 1
Secretario Municipal 10° 1
Profesionales Profesional Ley 11
N° 15.076 hrs./s.
Jefaturas Jefaturas I 10° 1
Administrativos Administrativos I 15° 4
Administrativos II 17° 2
Mayordomos Mayordomo I 17° 1
Auxiliares Auxiliar I 17° 1
Auxiliares II 18° 4
Auxiliar III 19° 1
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17
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Artículo 2°- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Quinta de Tilcoco será de 17 cargos y 11 horas semanales, Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.