FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CALERA
D.F.L. N° 282.- Santiago, 29 de Octubre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del D.L. N° 3.551 de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de la Calera,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981 la Planta de Personal de la Municipalidad de La Calera será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía
Local 7° 1
Secretario
Municipal 9° 1
Directivos I 8° 3
Profesionales Profesional I 8° 1
Profesional II 9° 1
Profesional III 12° 1
Profesional Ley N° 11 hrs./s
15.076
Jefaturas Jefaturas I 9° 2
Jefaturas II 11° 2
Administrativos Administrativos I 12° 1
Administrativos II 13° 2
Administrativos III 14° 6
Administrativos IV 15° 2
Administrativos V 16° 3
Administrativos VI 17° 6
Mayordomos Mayordomo I 14° 1
Auxiliares Auxiliares I 17° 10
Auxiliares II 18° 10
Auxiliares III 19° 10
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64
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de La Calera será de 64 cargos y 11 horas semanales, Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.