FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLAS
D.F.L. N° 283.- Santiago, 29 de Octubre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del DL. N° 3.551, de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de San Nicolás,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981 la Planta de Personal de la Municipalidad de San Nicolás, será la siguiente:
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N°
Escalafón Cargo Grado Cargos
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Alcaldes Alcalde 8° 1
Directivos Juez de Policía
Local 9° 1
Secretario Municipal 10° 1
Profesionales Profesionales I 12° 3
Profesional Ley 11
N° 15.076 hrs./s.
Jefaturas Jefatura I 12° 1
Administrativos Administrativos I 16° 1
Auxiliares Auxiliares I 16° 2
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10
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de San Nicolás será de 10 cargos y 11 horas semanales, Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.