Artículo 10° La Dirección General del TerritorioDL 2837, DEFENSA
Art. 1°
D.O. 30.08.1979
LEY 19722
Art. único N° 1
D.O. 28.05.2001 Marítimo y de Marina Mercante estará organizada internamente en, Direcciones Técnicas, Departamentos, Divisiones, Secciones y otras dependencias, las que serán fijadas por la Comandancia en Jefe de la Armada a propuesta del Director del Servicio mencionado.
Art. 1°
D.O. 30.08.1979
LEY 19722
Art. único N° 1
D.O. 28.05.2001 Marítimo y de Marina Mercante estará organizada internamente en, Direcciones Técnicas, Departamentos, Divisiones, Secciones y otras dependencias, las que serán fijadas por la Comandancia en Jefe de la Armada a propuesta del Director del Servicio mencionado.
El Director General podrá delegar sus atribucionesLEY 19722
Art. único N° 2
D.O. 28.05.2001 y facultades en la forma dispuesta por el artículo 43 de la ley Nº 18.575.
Art. único N° 2
D.O. 28.05.2001 y facultades en la forma dispuesta por el artículo 43 de la ley Nº 18.575.