Artículo 8.o En el orden jerárquico, la planta del personal de Investigaciones a que se refiere el artículo 4.o del presente decreto con fuerza de ley, estará formada por Jefes, Oficiales y personaL subalterno.
Serán Jefes del Servicio, los funcionarios comprendidos entre el Director General y Sub Sub-Prefectos, inclusives, además de aquellos que ocupen cargos equivalentes; Oficiales, los comprendidos entre Comisarios y Sub-Inspectores, inclusives, y los de cargos técnicos de grados equivalentes; y personal subalterno el resto de los empleados a que se hace referencia en la Planta.