Artículo 19. Para ingresar a la Escuela Técnica de Investigaciones, creada por el artículo 17 de la ley N.o 6,180, de fecha 4 Febrero de 1938, se requirirá haber sido aprobado en el sexto año de Humanidades.
No podrá ingresar al Servicio de Investigaciones ninguna persona que no hubiere terminado satisfactoriamente sus estudios en la Escuela Técnica del Servicio.