FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER
D.F.L. N° 322.- Santiago, 5 de Noviembre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3, del artículo 32°, de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3.551, de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de San Javier,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de San Javier será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcaldes Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía
Local 6° 1
Secretario
Municipal 8° 1
Directivos I 8° 2
Profesionales Profesional I 11° 1
Profesional Ley N° 11 hrs./s
15.076
Especializados Especializado I 17° 1
Administrativos Administrativos I 13° 1
Administrativos II 14° 1
Administrativos III 15° 1
Administrativos IV 16° 2
Administrativos V 17° 1
Mayordomos Mayordomos I 15° 1
Mayordomos II 16° 1
Auxiliares Auxiliares I 17° 5
Auxiliares II 18° 6
Auxiliares III 19° 11
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37
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de San Javier será de 37 cargos y 11 horas semanales Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.