ARTICULO 29° Derógase, a contar de la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza de ley delRECTIFICADO
DO 23-JUN-79 Libro I del decreto con fuerza de ley 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas, la ley 16.521 y el decreto con fuerza de ley 9, de 1971, así como toda disposición contraria a las contenidas en éste.
DO 23-JUN-79 Libro I del decreto con fuerza de ley 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas, la ley 16.521 y el decreto con fuerza de ley 9, de 1971, así como toda disposición contraria a las contenidas en éste.