Artículo 294°.- Para formar parte del personal docente-directivo de las Escuelas Normales, se requiere:
    a) Para el cargo de Director de la Escuela Normal Superior, tener quince años de servicios efectivos en la Enseñanza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes;
    b) Para ser Director o Subdirector de una Escuela Normal Común y Subdirector o Inspector General de la Escuela Normal Superior tener diez años de servicios en la Enseñanza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes, y
    c) Para ser Inspector General de Escuela Normal Común y Director de los Cursos Libres de Perfeccionamiento, tener ocho años en la Enseñánza Fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo en un concurso de oposición y de antecedentes.