MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N.o 126, QUE ESTABLECIO EL BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Núm. 341.- Santiago, 25 de Julio de 1953.- En uso de las facultades que me confiere la ley número 11,151, de fecha 5 de Febrero de 1953, dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:
Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N.o 126, de 12 de Junio 1953, que establece el Banco del Estado de Chile:
1) Sustitúyese el artículo 100, por el siguiente:
"Art. 100. El presente decreto con fuerza de ley regirá desde el 1.o de Septiembre de 1953".
2) Reemplázase en el artículo 14 transitorio, la frase que dice: "...al 31 de Julio de 1953", por esta otra: "...al 31 de Agosto de 1953".
Tómese razón, comuníquese y publíquese CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- F. Herrera L.