Núm. 345.- Santiago 20 de Mayo de 1931.- Vistas las facultades que me confiere la ley N.o 4,945, de 6 de Febrero del presente año,

    Decreto:


    Apruebase la adjunta ley y Ordenanza General sobre Construcciones y Urbanización. Dos ejemplares de una edición correcta y esmerada autorizada por el Presidente de la República, y signados con el sello del Ministerio del Interior, se depositarán en la secretaría de ambas Cámaras; dos en el archivo de este Ministerio y otros dos en la Biblioteca Nacional.
    La Subsecretaría del Ministerio del Interior tendrá a su cargo la revisión de esta edición oficial y el texto de estos ejemplares se tendrá por el texto auténtico de la Ley y Ordenanza de Construcciones y Urbanización y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que de la expresada ley y ordenanza se hicieren.


    Tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- C. IBAÑEZ C.- C. O. Froedden.- R. Jaramillo B.