FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE AYSEN
D.F.L. N° 347.- Santiago, 13 de Noviembre de 1981.- Visto: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3.551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Aysen,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta de personal de la Municipalidad de Aysen, será la siguiente:
------------------------------------------------------
N°
Escalafón Cargo Grado Cargos
------------------------------------------------------
Alcalde Alcalde 6° 1
Directivos Juez de Policía
Local 7° 1
Secretario Municipal 8° 1
Directivos I 9° 1
Directivos II 10° 3
Profesionales Profesional Ley 11
N° 15.076 Hrs./s.
Jefaturas Jefaturas I 11° 2
Administrativos Administrativos I 13° 1
Administrativos II 14° 2
Administrativos III 15° 4
Administrativos IV 16° 5
Mayordomos Mayordomos I 16° 1
Mayordomos II 17° 1
Auxiliares Auxiliares I 17° 3
Auxiliares II 18° 2
Auxiliares III 19° 2
Auxiliares IV 20° 5
----
35
------------------------------------------------------
Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Aysen será de 35 cargos y 11 horas ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.