Artículo 11.o El Jefe del Departamento Administrativo deberá tener la especialidad de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Abogado, Contador o Titulado en la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas.
El Jefe del Departamento de Informaciones y Publicidad deberá tener la especialidad de Periodista, Publicista o Titulado en la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas.
El Jefe del Departamento de Inspección y Fomento deberá tener la especialidad de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Abogado, Contador o Titulado en la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas.
Declárase directivo el cargo de Jefe del Departamento de Coordinación.
Las especialidades correspondientes a Contador y Periodista deberán acreditarse con certificado de inscripción vigente en el respectivo Colegio .