FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE LICANTEN
    D.F.L. N° 358.- Santiago, 26 de Noviembre de 1981.
    Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del D.L. N° 3551 de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Licantén, dicto el siguiente:
    Decreto con Fuerza de Ley: