FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS
D.F.L. N° 364.- Santiago, 26 de Noviembre de 1981.
VISTO: Lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere al artículo 27°, del decreto ley N° 3551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Los Vilos,
dicto el siguiente:
DECRETO CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de los Vilos, será la siguiente:
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ESCALAFON CARGO GRADO N° CARGOS
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Alcalde Alcalde 7° 1
Directivos Juez de Policía
Local 8° 1
Secretario
Municipal 9° 1
Directivos I 9° 2
Profesionales Profesional I 12° 1
Profesional Ley N° 11 Hrs/s
15.076
Especializados Especializado I 14° 1
Especializado II 15° 1
Administrativos Administrativo I 15° 3
Administrativo II 16° 3
Administrativo III 17° 1
Mayordomos Mayordomo I 17° 1
Auxiliares Auxiliares I 17° 3
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Los Vilos será de 19 cargos y 11 horas semanales ley N° 15.076
Tómese razón, regístrese, comuníquesey publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República, Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.