FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA
D.F.L. N° 380.- Santiago, 11 de Diciembre de 1981.
VISTO: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Isla de Pascua,
dicto el siguiente:
DECRETO CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de Isla de Pascua, será la siguiente:
------------------------------------------------------
ESCALAFON CARGO GRADO N°
CARGOS
------------------------------------------------------
Alcalde Alcalde 8° 1
Jefaturas Secretario Municipal 11° 1
Jefaturas I 12° 4
Administrativos Administrativos I 16° 3
Administrativos II 17° 3
Administrativos III 18° 1
Auxiliares Auxiliares I 19° 2
Auxiliares II 20° 2
-----
17
------------------------------------------------------
ARTICULO 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Isla de Pascua, será de 17 cargos.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro de Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.