ASIGNA FUNCIONES DE LA OFICINA DE NORMALIZACION AGRARIA
    Santiago, 10 de Diciembre de 1979.- Hoy se decretó lo que sigue:
    D.F.L. N° 381.- Vistos: La facultad que me otorga el inciso 3° del artículo 3° del decreto ley número 2.405, de 1978, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 4, 10 y 14, de este mismo cuerpo legal, y los decretos leyes N°s 1, de 1973; 527 y 806, de 1974, y 1.028, de 1975,
    Vengo en dictar el siguiente Decreto con fuerza de ley:

NOTA:
    El artículo 78 de la LEY 18899, publicada el 30.12.1989, derogó la presente norma.
    Artículo 1°- Asígnase a la Oficina de Planificación Agrícola, a contar del 20 de Diciembre de 1979, las funciones y atribuciones de la Oficina de Normalización Agraria, como sucesora y continuadora de la ex Corporación de la Reforma Agraria, en relación a la entrega de los antecedentes e información necesaria para materializar la incorporación al patrimonio del Fisco de los bienes, derechos y obligaciones de esa oficina, así como la nómina de los deudores de los saldos de precio de terrenos vendidos por la ex Caja de Colonización Agrícola o enajenados por la ex Corporación de la Reforma Agraria y por esa misma Oficina.
    Esta asignación de funciones y atribuciones comprenderá el ejercicio de las facultades o derechos y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los convenios de prestación de servicios celebrados por la Oficina de Normalización Agraria para reunir, procesar, consolidar y regularizar la información contable y estadística, requerida para la confección de los inventarios y para la remisión de las nóminas de los deudores a que se refiere el inciso anterior. Con todo si procediere efectuar pago de honorarios en virtud de dichos convenios antes del 31 de Diciembre de 1979 ellos serán realizados por la Oficina de Normalización Agraria a requerimiento de la Oficina de Planificación Agrícola.
    Artículo 2°- Asígnase asimismo a la Oficina de Planificación Agrícola a contar del 20 de Diciembre de 1979 la función de confeccionar y revisar los inventarios de los bienes de la Oficina de Normalización Agraria que deben incorporarse al patrimonio del Fisco a la fecha de disolución de esa Oficina.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alfonso Márquez de la Plata Yrarrázaval, Ministro de Agricultura.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento- Saluda atentamente a Ud.- José Luis Toro Hevia, Subsecretario de Agricultura.