FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE RENGO
D.F.L. N° 382.- Santiago, 11 de Diciembre de 1981.
VISTOS: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del D.L. N° 3551 de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Rengo, dicto el siguiente:
DECRETO CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981 la Planta de Personal de la Municipalidad de Rengo será la siguiente:
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ESCALAFON CARGO GRADO N° CARGOS
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Alcaldes Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía Local 6° 1
Secretario Municipal 7° 1
Directivos 8° 4
Profesionales Profesional I 10° 1
Profesional Ley N° 11 hrs/s
15.076
Jefaturas Jefaturas I 9° 3
Jefaturas II 12° 3
Especializados Especializados I 16° 11
Administrativos Administrativos I 13° 1
Administrativos II 14° 4
Administrativos III 15° 5
Mayordomos Mayordomos I 15° 1
Mayordomos II 16° 5
Auxiliares Auxiliares I 17° 6
Auxiliares II 18° 7
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54
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ARTICULO 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Rengo será de 54 cargos y 11 horas semanales, Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernandez Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.