Artículo 13° Cumplidas formalmente las exigenciasLey 21770
Art. 86 N° 2
D.O. 29.09.2025 del artículo 12°, la solicitud será acogida a trámite y se autorizará al interesado la publicación de un extracto que será confeccionado por éste. En los siete días siguientes a la aprobación del extracto por parte de la Superintendencia el interesado deberá publicarlo a su cargo en el Diario Oficial y en un diario de circulación en la región en que se encuentre la concesión solicitada.
Art. 86 N° 2
D.O. 29.09.2025 del artículo 12°, la solicitud será acogida a trámite y se autorizará al interesado la publicación de un extracto que será confeccionado por éste. En los siete días siguientes a la aprobación del extracto por parte de la Superintendencia el interesado deberá publicarlo a su cargo en el Diario Oficial y en un diario de circulación en la región en que se encuentre la concesión solicitada.
El extracto indicado en el inciso anterior deberá incluir, a lo menos, la identificación del peticionario, el servicio público que se prestará y su localización, los límites del área de servicio, para las concesiones de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas y el punto de descarga y la identificación del cuerpo receptor, en el caso de las concesiones de disposición de aguas servidas.