SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
D.F.L. N° 391.- Santiago, 18 de Diciembre de 1981.
VISTOS: lo establecido en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado, la facultad que me otorga el inciso segundo del artículo 34° del Decreto Ley N° 3551, de 1981, modificado por los Decretos Leyes N° 3628 y N° 3650, ambos de 1981, y
TENIENDO PRESENTE Las modificaciones introducidas por el D.F.L. N° 11/3551, de 1981, al D.F.L. N° 90 de Hacienda de 1977 y lo dispuesto en el Decreto Supremo de hacienda N° 90, de 3 de Febrero de 1981,
dicto el siguiente:
DECRETO CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1°.- SUSTITUYENSE, a contar del 1° de enero de 1982, los escalafones de Jefaturas A, Jefaturas B, Jefes de Presupuesto, Contadores, Oficiales Administrativos, Secretarios, Secretarios Ejecutivos, Mayordomos, Choferes y Auxiliares de la Planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, por lo siguiente:
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Jefaturas A (5)
Grado 9° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 10° E.U.S. Nivel II (4)
Jefaturas B
Grado 13° E.U.S. Nivel II (1)
Jefes de Presupuesto
Grado 13° E.U.S. Nivel II (2)
Contadores (2)
Grado 13° E.U.S. Nivel II (2)
Oficiales Administrativos (12)
Grado 14° E.U.S. Nivel I (2)
Grado 15° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 17° E.U.S. Nivel II (1)
Grado 18° E.U.S. Nivel II (1)
Grado 19° E.U.S. Nivel II (2)
Grado 20° E.U.S. Nivel III (1)
Grado 21° E.U.S. Nivel III (2)
Grado 23° E.U.S. Nivel III (1)
Grado 25° E.U.S. Nivel IV (1)
Secretarios (16)
Grado 14° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 15° E.U.S. Nivel I (2)
Grado 17° E.U.S. Nivel II (3)
Grado 19° E.U.S. Nivel II (4)
Grado 21° E.U.S. Nivel III (4)
Grado 23° E.U.S. Nivel III (2)
Secretarios Ejecutivos
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Grado 12° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 13° E.U.S. Nivel II (1)
Grado 14° E.U.S. Nivel II (2)
Mayordomos (1)
Grado 19° E.U.S. Nivel I (1)
Choferes (2)
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Grado 20° E.U.S. Nivel I (1)
Grado 21° E.U.S. Nivel I (1)
Auxiliares (12)
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Grado 21° E.U.S. Nivel I (2)
Grado 22° E.U.S. Nivel I (2)
Grado 23° E.U.S. Nivel II (3)
Grado 24° E.U.S. Nivel II (2)
Grado 26° E.U.S. Nivel II (1)
Grado 27° E.U.S. Nivel II (1)
Grado 28° E.U.S. Nivel III (1)
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ARTICULO 2°.- Fusiónase un cargo de Jefe de Presupuesto, Nivel III grado 17° de la E.U.S., en el escalafón de Oficiales Administrativos, grado 14° de la misma escala.
ARTICULO 3°.- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Justicia, sin sujeción al escalafón vigente, ni a los requisitos exigidos por el D.F.L. de Hacienda N° 90, de 1977, y sus modificaciones posteriores.
ARTICULO 4°.- Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación del artículo 1° de este Decreto con Fuerza de Ley a los fondos que se consulten el el Presupuesto del año 1982.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Mónica Madariaga Gutiérrez, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.