Art. 15. Los Jefes de Misión remitirán en la primera quincena de cada semestre, una información reservada sobre la conducta funcionaria social y aptitudes del personal de Secretaría de su dependencia.
La información semestral deberá concretarse fijando a cada empleado una calificación numérica ajustada a las bases que establezca el Reglamento del Servicio Diplomático.
Perderá su cargo el funcionario a quien se dieren tres veces suceivas calificaciones malas.