Art. 36. Dentro del mes de Enero de cada año, los Jefes de Misión enviarán al Ministerio una Memoria del trabajo realizado por la Misión a su cargo, durante el año anterior, y una nómina de los asuntos que en ella se encuentren pendientes, con indicación de los medios con que, a su juicio, podría activarse su despacho o solución.