Art. 41. El personal de abogados de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:

Secretario-abogado___________  Grado 3.o
Abogado de Sección___________  Grado 5.o
Abogado 1.o__________________  Grado 6.o
Abogado 2.o__________________  Grado 7.o
Abogado 3.o__________________  Grado 8.o