Art. 41. El personal de abogados de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
Secretario-abogado___________ Grado 3.o
Abogado de Sección___________ Grado 5.o
Abogado 1.o__________________ Grado 6.o
Abogado 2.o__________________ Grado 7.o
Abogado 3.o__________________ Grado 8.o