20. Si la parte vencida fuere el empleador, el patrón, el arrendador o el arrendatario, deberá, al tiempo de deducir el recurso, acompañar una boleta de la Caja Nacional de Ahorros por la suma que se le manda pagar por la sentencia más un cinco por ciento para responder a las costas. Sin estos requisitos no se tramitará el recurso.