Art. 147. Los que intentaren contraer matrimonio lo manifestarán por escrito o verbalmente al Oficial del Registro Civil del domicilio o residencia de alguno de ellos, expresando sus nombres y apellidos paterno y materno, el lugar de su nacimiento, su estado de soltero o viudo, y en este caso el nombre del cónyuge y el lugar y fecha de la muerte; su profesión y oficio; los nombres y apellidos de los padres, si fueren conocidos; los de las personas cuyo consentimiento fuere necesario, y el hecho de no tener impedimento o prohibición legal para contraer matrimonio, y ofrecerán información sumaria de testigos sobre este hecho y la efectividad del domicilio o residencia de los manifestantes.