Artículo 171. Son requisitos esenciales de la inscripción de matrimonio: la designación del lugar y fecha en que se celebre; el nombre y apellidos paterno y materno de cada uno de los contrayentes, los nombres y apellidos de los testigos, y su testimonio, bajo juramento, de no existir impedimentos ni prohibiciones para celebrar el matrimonio y sobre el lugar del domicilio y residencia de los contrayentes, la firma de los contrayentes, la de los testigos y la del Oficial del Registro Civil.
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