Art. 3.o En el Escalafón Primario figurarán los Ministros y Fiscales de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, los Jueces Letrados, los Relatores, los Secretarios de Corte y de Juzgados de Letras y los Defensores Públicos.
En el Escalafón Secundario figurarán los Notarios, Conservadores, Archiveros, Receptores y Procuradores del Número.