DETERMINA COMPOSICION CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA Santiago, 22 de Agosto de 1930.- Teniendo presente lo dispuesto en el decreto N.o 5,336, de 2 de Noviembre de 1928, y en uso de las facultades que me confiere la Ley N.o 4,795, de 22 de Febrero del presente año, Decreto:
Reemplázase el artículo 2.o del decreto N.o 5,336, de 2 de Noviembre de 1928, por el siguiente:
"2.o Formarán el Consejo de la Superintendencia: el Rector de la Universidad de Chile, el Subsecretario de Educación, los directores de Educación Primaria, Secundaria, Comercial, Industrial y Física, y dos miembros de las Universidades particulares que designe el Presidente de la República. El Subsecretario actuará, además, como secretario del Consejo."
Derógase el artículo 5.o del decreto N.o 5,336 citado.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- C. IBAÑEZ C.- Bartolomé Blanche E.- Julio Phillippi.