Tercera.- Las disposiciones contenidas en los artículos 1.o, 2.o, 3.o, 6.o, incisos 1.o y 2.o, 9.o; incisos 7, 8 y 14, 17, 18, 21, 26; 27; 28, 29, 31 y 2.o transitorio, quedarán subordinadas a su aprobación por el Congreso Nacional.