Art. 20. La planta del personal de la Oficina directiva central y de los servicios de inspección de la educación primaria, y los sueldos de cada una de las categorías de empleados, serán las siguientes:
Personal de la Oficina Central (1) Un Director General, con $ 40,000 anuales.
Un Jefe del Departamento Administrativo, a cargo de la Sección Personal y Escalafón, con $ 33,000 anuales.
Un Jefe del Departamento Técnico, a cargo de la Sección Pedagógica, con $ 33,000 anuales.
Dos Jefes de Sección del Departamento Administrativo, uno de la Sección Locales, y uno de la de Censos, Obligación Escolar y Estadística, cada uno con $ 24,000 anuales.
Un Jefe de la Sección Perfeccionamiento del Personal, dependiente del Departamento Técnico, con $ 24,000 anuales.
Un Jefe de Taller de Decorado y Proyecciones Escolares, $ 24,000 anuales.
Ocho Oficiales primeros, cada uno $ 18,000 anuales.
Nueve Oficiales segundos, cada uno $ 12,000 anuales.
Ocho Oficiales terceros, cada uno $ 9,000 anuales.
Trece Oficiales cuartos, cada uno $ 6,000 anuales.
Dos Porteros primeros, cada uno $ 4,800 anuales.
Tres Porteros segundos, cada uno $ 3,600 anuales.
Un motorista, $ 4,800 anuales.
Personal de Inspección 1 Inspector General de Enseñanza Normal, $ 36,000 anuales.
2 Visitadores Generales de Educación Primaria, cada uno $ 30,000 anuales.
2 Inspectores de Sanidad Escolar, cada uno $ 24,000 anuales.
17 Inspectores Directores Provinciales, cada uno $ 24,000 anuales.
4 Inspectores Provinciales para las provincias de Santiago, Aconcagua, Ñuble y Concepción, cada uno $ 21,000 anuales.
60 Inspectores Locales, cada uno $ 18,000 anuales.
5 Inspectores de Enseñanza Especial, cada uno $ 24,000 anuales.
2 Inspectores Auxiliares de Enseñanza Especial, cada uno $ 18,000 anuales.
La planta efectiva del personal de Inspección Escolar se proveerá a medida que las necesidades del servicio lo requieran.
El personal de Oficiales de la Dirección General será distribuído en los distintos servicios centrales por el Director General en la forma que mejor asegure la eficiencia de esos servicios.
Los empleados del Departamento Técnico, no especialmente denominados en la planta, se asimilarán a las categorías de Oficiales, asignándoles el grado que corresponda según la importancia de sus funciones.