Art. 24. El segundo ciclo de la educación secundaria se dividirá en tres secciones:
    a) Sección de especializaciones técnico-manuales (comercial, industrial, agrícola, minera, profesional femenina, curso de perfeccionamiento para empleados);
    b) Sección científica preparatoria para el ingreso a los institutos universitarios de este carácter;
    c) Sección humanista, preparatoria para el ingreso a los institutos correspondientes.
    El reglamento fijará el número de establecimientos especiales o integrales, su distribución geográfica, los planes, los programas y la correlación de la enseñanza entre las tres secciones.