Art. 27. El Departamento de Educación Física conoce de la educación física escolar y pos-escolar y de la higiene y asistencia de los servicios educacionales.
    Le corresponde, en consecuencia, la investigación de los fenómenos psicofisiológicos propios y afines de la vida escolar y la reglamentación, el estímulo y el control de la gimnasia y los deportes. Tiene bajo su dependencia inmediata los servicios médicos y dental escolar y el Instituto de Educación Física, que tendrá el carácter de un centro superior de investigación psicofisiológica.
    Todo profesor de los grados primario y secundario deberá tener la preparación general suficiente para servir la asignatura de educación física.