Art. 11. Corresponde al Ministerio de Bienestar Social:
a) El servicio de higiene pública y de asistencia y previsión social;
b) La alta inspección del trabajo y de la vivienda;
c) La supervigilancia de los Tribunales especiales encargados de la aplicación de las leyes sociales;
d) La inspección superior de las Cajas de Previsión de obreros y empleados particulares;
e) La fiscalización de la correcta aplicación de las leyes sociales;
f) La dirección general de hidráulica con los servicios de agua potable y alcantarillado, cuando no estuvieren a cargo de las Municipalidades, en cuyo caso corresponderá al Ministerio sólo la inspección superior;
g) La Caja de Empleados Públicos y Periodistas y la de Empleados Municipales.
NOTA: 6
EL DL N° 2, de 1932, reemplazó el Ministerio de Bienestar Social por dos Secretarías de Estado: Ministerio del Trabajo y Ministerio de Higiene.
El DL 24, de 1932, cambió el nombre al Ministerio de Higiene por el de Salubridad Pública.
La Ley 5.802 dispuso que el Ministerio de Salubridad se denominará "Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social".
El D.F.L. 105, de 1953, estableció que el Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social, se denominará "Ministerio de Salud Pública y Previsión Social".
El D.F.L. 25 de 1959, creó el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Salud Pública.
El DL 2763, de 1979, reorganizó el Ministerio de Salud.
EL DL N° 2, de 1932, reemplazó el Ministerio de Bienestar Social por dos Secretarías de Estado: Ministerio del Trabajo y Ministerio de Higiene.
El DL 24, de 1932, cambió el nombre al Ministerio de Higiene por el de Salubridad Pública.
La Ley 5.802 dispuso que el Ministerio de Salubridad se denominará "Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social".
El D.F.L. 105, de 1953, estableció que el Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social, se denominará "Ministerio de Salud Pública y Previsión Social".
El D.F.L. 25 de 1959, creó el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Salud Pública.
El DL 2763, de 1979, reorganizó el Ministerio de Salud.