Crea los Ministerios del Trabajo y de Higiene Núm. 2.- Santiago, 6 de Junio de 1932.- Vistos lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N.o 243, de 15 de Mayo de 1931, orgánico de Ministros; y
    Considerando que la creación del Ministerio de Salud Pública, es uno de los puntos básicos del programa de acción inmediata del nuevo Gobierno,
    Hemos acordado y decretamos:

    El actual Ministerio de Bienestar Social será reemplazado, a contar desde esta fecha por dos Secretarías de Estado: El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Higiene.
    Las materias propias que deberá conocer cada uno de estos Departamentos de Estado, serán fijadas en el Reglamento Orgánico en que se dicte al efecto.
    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- ARTURO PUGA.- Eugenio Matte H.- Carlos Dávila.