ARTICULO 7°.- El cargo de Alcalde es incompatibleDL 34, INTERIOR
Art. Único, d)
D.O. 04.10.1973
con los de Intendente, Gobernador, Secretario de Intendencia o Gobernación y con los empleos, funciones o comisiones en la misma Municipalidad en que presta sus servicios.