Artículo Primero.- Créase, a contar desde esta fecha, en la Secretaría General de Gobierno, el cargo de Subsecretario de Coordinación Jurídica de Gobierno, que será servido por un Oficial de Justicia en Servicio Activo de los Servicios de Justicia de las Fuerzas Armadas o de Carabineros, y que será nombrado por decreto supremo que llevará la firma de los Ministros del Interior y de Defensa Nacional.
    Su régimen de remuneraciones y demás normas estatutarias serán las que correspondan a su calidad de Oficial.