Art. 50. El personal que en el desempeño de comisiones en el servicio tuviere que permanecer por mas de veinticuatro horas fuera del lugar de su residencia, sin que se le proporcione habitacion y rancho por cuanta fiscal, gozará, miéntras dure su comision, de los siguientes viaticos diarios:
  Injeniero, jefe o consultor, oficiales mayores,
visitadores y fiscal jeneral          $  25,00
Jefes de secciones, cajeros, injenieros,
cronometristas, grabadores, cartógrafos,
sub-inspector y ayudante de sub-inspector
de faros y adminstrador de la Imprenta  20,00
Demas personal no enumerado              15,00