DECRETO LEY N° 70, DE 1973
    INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO CON FUERZA DE LEY 321, DE 1960
    NUM.70.- Santiago, 8 de octubre de 1973-. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación a siguiente
    DECRETO LEY:

    ARTICULO 1° Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley 321, de 1960.
  a) Sustitúyese en el artículo 8° la coma (,) que le sigue a la palabra ASMAR, que figura en segundo término, por un punto (.) y suprímese la frase "excepto aquellos que son, de acuerdo con el artículo 17°, de competencia de la Junta de Vigilancia."
  b) Suprímense en el artículo 10° los incisos 2° y 3°.
  c) Suprímense los artículos 14°, 15°, 16° y 17°.
  d) Suprímese en el artículo 18 letra a), el inciso 2°.
  e) Reemplázase el artículo 19° por el siguiente:
    "Artículo 19° Los Jefes indicados en el artículo anterior serán designados por el Director.".
  f) Suprímese el artículo 39°.
  g) Suprímense los artículos 4° y 5° de las disposiciones transitorias.



    ARTICULO 2° Como consecuencia de las modificaciones establecidas en el artículo precedente, declárase que las atribuciones que correspondían a la Junta de Vigilancia serán ejercidas por el Director de Astilleros y Maestranzas de la Armada.




    ARTICULO 3° DEROGADO.DL 96, HACIENDA
Art. 4
D.O. 24.10.1973

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en el Boletín Oficial de la Armada y en la Recopilación oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE.- JOSE T. MERINO CASTRO.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN.- CESAR MENDOZA DURAN .- Patricio Carvajal.