Artículo 19º.- Las bonificaciones se pagarán en las siguientes fechas:
En la semana del 5 al 10 de Noviembre, una de las bonificaciones del artículo 11º.
En la semana del 3 al 8 de Diciembre; la bonificación del artículo 12º.
Entre los días 26 y 29 de Diciembre, la segunda de las bonificaciones del artículo 11º.