Núm. 100.-Santiago, 17 de noviembre de 1924.-Teniendo presente:
Que el camino de Viña del Mar a Con-con ha quedado destruido en gran parte por la accion del mar a consecuencia del temporal de 6 de junio del presente año;
Que este camino permite el acarreo de los productos del valle de Aconcagua para la provision de Viña del Mar y Valparaiso;
Que estas obras deben ejecutarse en forma definitiva, que eviten, en lo posible, nuevas destrucciones por la accion de los temporales;
Que las obras que se proyectan para rehabilitar este camino demandarán un desembolso de $ 488,600;
Que miéntras se pueda disponer de mayores recursos y a fin de poder iniciar cuanto ántes esas obras, es necesario cubrir el monto de la cuota fiscal correspondiente al valor de las erogaciones que hagan los particulares y municipalidades;
Que los particulares han erogado ya una suma de veinte mil pesos ($ 20,000) y el Gobierno debe contribuir, con arreglo a la lei con el doble, pero los fondos del ítem correspondiente se hallan agotados.
La Junta de Gobierno ha acordado y dicta el siguiente
DECRETO-LEI:
Artículo 1.o Redúcense, en las cantidades que se expresan, los siguientes ítem del Presupuesto de Obras Públicas:
Item 1372, en ocho mil pesos ($ 8,000).
Item 1376, en veintitres mil pesos
($ 23,000).
Item 1416, en diez mil pesos ($ 10,000).
Art. 2.o Destínase la suma de cuarenta y un mil pesos ($ 41,000) a cubrir el valor de la cuota fiscal correspondiente a las erogaciones que hagan los vecinos o municipios interesados en la rehabilitacion del camino de Viña del Mar a Concon.
La Direccion de Contabilidad hará los descargos correspondientes.
Anótese en la Direccion de Contabilidad, tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.-Luis Altaimrano.-Francisco E. Nef.-J. P. Bennett.-O. Dávila I.