Núm. 111.- Santiago, 20 de noviembre de 1924.- Teniendo presente:
Que con motivo de las reducciones acordadas en el seno de la Cimision Mista de Presupuestos, en las cantidades primitivamente consignadas y afectas al cumplimiento de contratos de ejecucion de obras de agua potable, la lei anual de gastos de la Nacion no consulta los fondos necesarios para costear estos trabajos ni para atender a los gastos que demanda la inspeccion técnica de las obras;
Que por esta causa se ha agotado el item del Presupuesto del Ministerio del Interior, que consultaba fondos para el pago de las obras de agua potable contratadas y en ejecucion;
Que esta situacion coloca al Gobierno en la imposibilidad de cancelar obligaciones ya vencidas y que emanan de los contratos vijentes; y de seguir sirviendo las que, de acuerdo con los mismos contratos, deben saldarse en lo que resta del año en curso;
Que si no se provee con presteza a salvar esta dificultad habria que paralizar los trabajos, con grave perjuicio para los pobladores de las ciudades en que ellos se ejecutan, y para el Erario, que tendria que efectuar desembolsos estraordinarios por pago de intereses a los contratistas, en conformidad al artículo 56 del Reglamento sobre contratos de obras públicas; y Que a lo anterior ha venido a agregarse para hacer mas angustiosa la situacion, la sequía que, durante el año, se ha dejado sentir en el país.
Considerando que, de acuerdo con las disposiciones del decreto-lei número 43, de 14 de octubre último, que creó el Departamento de Obras y Vias Públicas, han quedado bajo la dependencia de éste, servicios que ántes eran de la incumbencia de los Ministerios del Interior y de Hacienda; y que, por lo tanto, los fondos consultados para estos servicios corresponde invertirlos a dicho Departamento,
La Junta de gobierno ha acordado y dicta el siguiente
DECRETO LEY:
"Artículo 1.o Redúcense en la forma que se indica a continuacion los siguientes ítem de los Presupuestos de los Ministerios de Hacienda y Obras Públicas:
"Item 1335, partida 16, del Presupuesto de Hacienda, que tiene un saldo de 726,715 pesos 64 centavos, para la construccion de los malecones y muelles de Punta Arenas, se rebaja a $ 426,715.64.
"Item 1413, partida 12, del Presupuesto de Obras Públicas, que consulta, con la reduccion contemplada en el decreto-lei número 35, de 10 de octubre próximo pasado, la suma de $ 1.200,000 para continuar la construccion contratada del muelle de Arica, se rebaja a $ 850,000.
"Item 1224, partida 12, del mismo Presupuesto, que consulta, con la reduccion acordada por el referido decreto-lei número 35, la cantidad de $ 2.000,000 para continuar la construccion de diversos puentes carreteros, se rebaja a $ 1.750,000."
Art. 2.o Destínase la suma de $ 900,000 a que alcanzan las reducciones del artículo anterior, a incrementar los fondos de los siguientes ítem del Presupuesto del Ministerio del Interior, en la forma que se espresa a continuacion:
"Item 4394, que destina la suma de $ 698,000 al mejoramiento de diversos servicios de agua potable, a la prosecucion de trabajos iniciados y a la ejecucion de nuevos, se aumenta en $ 600,000, debiendo invertirse esta cantidad en las siguientes obras de agua potable e inspeccion técnica de las mismas:
Serena y Coquimbo______________________ $ 260,000
Calle Larga, Rinconada y Curimon_______ 115,000
Peumo__________________________________ 65,000
Talcahuano_____________________________ 35,000
Lautaro________________________________ 17,000
Puerto Montt___________________________ 108,000
_________
Total________________ $ 600,000
"Item 4396, que consulta la suma de
$ 250,000 para adquisicion de cañerías
de agua potable y gastos de desembarque
y transporte de las mismas, se aumenta
en_____________________________________ $ 300,000
_________
Total de los aumentos________ $ 900,000
Art. 3.o En caso de que las necesidades del servicio lo requieran, y previa autorizacion suprema, se podrá saldar el déficit que llegue a producirse en algunos de los servicios enumerados en el ítem 4394, con el superavit que se obtenga en alguno de estos servicios".
Anótese en la Direccion Jeneral de Contabilidad, tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Luis Altamirano.- Francisco E. Nef.- J. P. Bennett.- O. Dávila I.