Sexto: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 36 de su Estatuto Orgánico, será aplicable al Personal de Servicios Menores de la Comisión el DFL. Nº 3, de 20 de Julio de 1973, del Ministerio del Interior. El Servicio fijará las equivalencias que fueren necesarias para practicar la asimilación.