DEROGA EL ARTICULO 61 DE LA LEY N° 17.382 Decreto ley N° 123.- Santiago, 5 de Noviembre de 1973.- Visto: Lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de 11 de Septiembre de 1973,
    la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo 1°- Derógase el artículo 61 de la ley N° 17.382, publicada en el Diario Oficial de 6 de Noviembre de 1970.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
    Lo que se transcribe a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Victoria Arellano S., Subsecretario de Hacienda.