Núm. 132.- Santiago, 1.o de diciembre de 1924.- Vistos estos antecedentes,
La Junta de Gobierno ha acordado y dicta el siguiente,
DECRETO-LEI:
Artículo único.- Agrégase a las glosas de los ítem 363 de la partida 4.a y 3,188 de la partida 8.a del presupuesto del Interior en vijencia, la siguiente frase: "..al hacerse cargo de sus funciones o cesar en su empleo, incluyendo el transporte de su mujer e hijos menores que vivan a su lado, y para el desempeño de comisiones".
Tómese razon, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Luis Altamirano.- Francisco E. Nef. J. P. Bennett.- Alcibíades Roldan.