Art. 9.o La planta de empleados civiles, por órden de rango, será la siguiente:
1 Intendente, 1 auditor, 1 médico jefe, 3 jefes de seccion de la Direccion, 1 secretario de la Direccion, 1 secretario 1.o, 1 médico 1.o, 3 contadores 1.o, 2 abogados de policía, 1 jefe de remonta, 1 médico 2.o, 1 capellan, 2 secretarios 2.o, 1 jefe de almacen de 1.a clase, 1 tenedor de libros, 4 contadores 2.o, 3 médicos 3.o, 2 oficiales de partes 1.o, 2 dentistas, 2 oficiales de altas y bajas, 3 archiveros 1.o, 2 jefes de almacen de 2.a clase, 2 fotógrafos 1.o, 4 contadores 3.o, 3 ayudantes de seccion, 1 veterinario 1.o, 10 oficiales 1.o, 2 veterinarios 2.o, 1 oficial de partes 2.o, 13 oficiales 2.o, 4 fotógrafos 2.o, 1 jefe de almacen de 3.a clase y 18 oficiales 3.o.