Art. 23. Los jefes, oficiales y empleados que deban desempeñar comisiones del servicio por mas de 24 horas fuera del lugar de su residencia, tendrán derecho a los siguientes viáticos:
Director jeneral, sub-director y prefectos, $ 50 diarios; sub-prefectos, $ 40; comisarios-inspectores y comisarios, $ 30; sub-comisarios, $ 25; inspectores, $ 20; Sub-inspectores y brigadieres, $ 15; ajentes y guardianes 1.os y 2.os, $ 8, y guardianes 3.os, ajentes 3.os y aspirantes, $ 5.